viernes, 14 de julio de 2017

Pronunciamiento de organizaciones frente a resolución de CONAVIM sobre AVGM Puebla 

Las organizaciones y personas firmantes, expresamos nuestra profunda preocupación ante la resolución de la solicitud de la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Puebla (AVGM) de fecha 7 de julio del año en curso por parte de la Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y ante la extensión del plazo de ley para implementar las propuestas contenidas en las conclusiones del informe del grupo de trabajo.
En atención al documento en referencia manifestamos que ante los índices de delitos y de la violencia que atenta contra la vida de las mujeres en la entidad, identificamos que existe poca voluntad política de las autoridades gubernamentales, de todos los niveles de gobierno en Puebla, respecto a la atención, prevención, persecución y sanción del feminicidio.
La resolución ante la solicitud de la AVGM requerida por Organizaciones de la Sociedad Civil desde marzo de 2016, establece entre otros puntos, que el estado de Puebla deberá dar continuidad a las acciones reportadas y adoptar ocho medidas específicas más.
Recordamos que la AVGM es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres único en el mundo, establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Ley de Acceso), y que tiene como objetivo para garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos humanos (artículo 23 de la Ley de Acceso), por lo que su implementación no puede atenderse de forma discrecional.
Este mecanismo, representa una posibilidad única para que las instituciones realicen las acciones -que ya de por sí les corresponden en el marco de sus obligaciones en materia de derechos humanos de las mujeres- en el tema de prevención, atención, protección, investigación y sanción a la violencia contra las mujeres en el estado de Puebla.
Nos resulta inconcebible que a casi un año de haberse emitido las primeras recomendaciones – con fecha del 11 de julio de 2016- elaboradas por el grupo de trabajo conformado para valorar la solicitud de AVGM, nuevamente se extienda un plazo de seis meses, ante la urgencia de dictaminarla.
Quienes nos sumamos en este pronunciamiento, hemos monitoreado de manera documentada a través del seguimiento hemerográfico y en portales noticiosos, los casos de probables feminicidios, empleando una metodología emanada de estándares internacionales de derechos humanos de las mujeres, hemos sido acompañantes de familias de las víctimas de feminicidio y/o de mujeres que denuncian la violencia, y hemos coadyuvado en el trabajo que las instituciones deberían de emprender para la prevención y atención de la violencia contra las mujeres. Ello, nos ha permitido identificar que los feminicidios no solo no se han prevenido o detenido, sino que han incrementado, así como atestiguar la omisión y la desarticulación con la que actúan las instituciones que favorece la impunidad y va en detrimento del respeto y protección de los derechos humanos de las mujeres.
Resulta inaudito que las nuevas recomendaciones reflejen el desconocimiento del agravamiento de la situación de los feminicidios en Puebla; el infructuoso cumplimiento de las 11 recomendaciones por parte del Gobierno del Estado, ya que las acciones implementadas no hicieron frente a la inseguridad y al abatimiento de la violencia feminicida en la entidad y que parezcan hechas “a modo” para exigir mínimos que incluso constituyen per se obligaciones de carácter inmediato para el Estado, conforme a sus compromisos asumidos tras la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
Nuestras primeras observaciones al resolutivo de la Segob, son:
  • A casi un año de ser recomendado por el grupo de trabajo realizar un diagnóstico estatal sobre los tipos y modalidades de la violencia contra las mujeres, tal diagnóstico no se ha realizado. No obstante, resulta fundamental partir del conocimiento científico de la problemática para diseñar acciones de prevención y atención de la violencia feminicida. De lo contrario, las acciones no garantizan una incidencia efectiva, ni permiten medir la idoneidad de tales tareas.
  • Las acciones previas implementadas por las instituciones del Gobierno del Estado, no deben ser consideradas un avance en la prevención, investigación o sanción de la violencia feminicida, pues tales documentos deberían haberse emitido, de forma previa a la presentación de solicitud de la declaratoria de AVGM, sin que surtieran algún efecto en la disminución de la violencia contra las mujeres. Tal es el caso de la reglamentación de la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas para la Protección y Asistencia a las Víctimas de esos Delitos, publicada en 2012.
  • Las acciones y acuerdos o convenios del Gobierno del Estado de Puebla no trascienden como políticas públicas que hagan frente a la violencia contra las mujeres; aun teniendo más de 11 meses para haber adoptado medidas necesarias y adecuadas para efectivizar dichos acuerdos, se justifica la supuesta “naturaleza estructural de las propuestas planteadas por el grupo de trabajo” para sustentar la exigencia de un plazo mayor al establecido en el artículo 38, del Reglamento de la Ley General de Acceso, para implementar las propuestas contenidas en las conclusiones del informe del grupo de trabajo.
  • Se ha dilatado el resolutivo de la declaratoria de la AVGM y más aún, se ha incrementado el plazo, a pesar del aumento de la violencia feminicida en la entidad. De acuerdo a datos del INEGI, los homicidios dolosos contra las mujeres han incrementado en 63.8 por ciento en Puebla entre 2013 y 2015. De acuerdo a registros de ODESYR de 2013 al 11 de julio de 2017 se han documentado hemerograficamente 300 probables feminicidios; 50 en 2013, 60 en 2014, 50 en 2015, 82 en 2016 y 58 al corte de 2017. De acuerdo a los registros del OVSG-Puebla, ocurrieron 81 probables feminicidios en la entidad en 2015, 85 en 2016 y para el 7 de julio, 58; ello representa uno cada 4.5 días, 4.2 días y cada 3.2 días, respectivamente. El aumento de éstos en el trascurso de dichos años, es a todas luces un elemento objetivo suficiente para determinar la inefectividad de las acciones inconclusas adoptadas por el Estado
Al repetirse e incrementarse los delitos contra las mujeres, el Gobierno del Estado de Puebla no ha garantizado a las poblanas su seguridad, ni el cese a la violencia en su contra. Por tanto:
Exhortamos al grupo de trabajo que la CONAVIM conformó ante la solicitud de AVGM para el estado de Puebla, a actuar en consonancia con el respeto a la vida y la dignidad de las mujeres y les invitamos a revisar las omisiones que las Organizaciones hemos documentado en los casos de feminicidios.
Exigimos a la Segob y a la CONAVIM, que respeten y protejan los derechos humanos de las mujeres en la entidad, considerando al mecanismo de la AVGM como un derecho que tenemos las mujeres poblanas para luchar por nuestra dignidad, nuestra integridad y nuestra vida.
Ante la actualización de los elementos objetivos suficientes para determinar las acciones inconclusas adoptadas por el Gobierno del Estado, exigimos que se declare sin dilación la AVGM para la entidad.

Firman:
CADEM A.C.
Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social, A.C.
COMALETZIN A.C.
Comité Mujeres Vivas, Libres y Presentes Puebla.
Colectivo Jacarandas.
Colectiva Hablemos de Género.
El Taller, Centro de Sensibilización y Educación Humana, A.C.
Encuentro Nacional Feminista, Puebla 2017.
MUTRADH Mujeres Trabajando por los Derechos por los Derechos Humanos.
Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos, A.C.
Programa de Género, Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ. Ibero Puebla.

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